DECÁLOGO POR EL MAR MENOR
16 MARZO DE 2023
Éste es el decálogo mínimo que la sociedad civil movilizada ha elaborado para exigir a nuestros políticos regionales (de ellos es la responsabilidad sobre el vertido de agroquímicos al Mar Menor) medidas contundentes y eficaces.
Seguiremos informando de quiénes lo aceptan y quiénes no y hasta qué punto.
Recuerda que los peces no pueden votar, TÚ SÍ.
DECÁLOGO POR EL MAR MENOR
Decálogo de ACTUACIONES INSTITUCIONALES necesarias para reducir los impactos
sobre el Mar Menor, y permitir su recuperación, que reclamamos desde las organizaciones
sociales y ambientales abajo firmantes.
Trasladamos este documento a TODOS los partidos políticos que concurren a las
próximas elecciones municipales y autonómicas de mayo de 2023, para que se
comprometan públicamente a incorporarlo a su programa electoral.
Deben comprometerse, además, a que las acciones estén en marcha y revisables en el
plazo máximo de 1 año desde el inicio de la próxima legislatura.
1. REDUCIR LA SUPERFICIE DE AGRICULTURA INTENSIVA
Eliminando por completo y de manera permanente TODOS los regadíos ilegales en la
cuenca vertiente del Mar Menor. Y realizar un control más eficaz para detectar y evitar la
aparición de nuevas superficies de regadío ilegales.
Llevar a cabo acciones concretas para reducir paulatinamente la superficie de regadío
intensivo, promoviendo otros tipos de cultivo, como el agroecológico o el secano, u otros
usos compatibles con la protección de la laguna salada.
La reducción de regadíos debe ser especialmente importante en el perímetro más
cercano a la laguna, tal y como se viene apuntando desde el ámbito científico, y como
queda reflejado en distintos documentos, como este del Colegio Oficial de Biólogos de la
Región de Murcia https://www.cobrm.org/wp-content/uploads/2021/08/ComunicadoCOBRM-Mar-Menor.pdf
2. REDUCIR LA GANADERÍA INTENSIVA
Eliminar todas las explotaciones ilegales existentes, y No permitir nuevas explotaciones
ganaderas intensivas en la cuenca del Mar Menor, ni ampliación de las ya existentes.
Llevar a cabo acciones concretas para reducir paulatinamente la cabaña ganadera en la
cuenca vertiente del Mar Menor, empezando por aquellas explotaciones no recomendadas
por la Confederación Hidrográfica del Segura en anteriores ejercicios
(https://www.borm.es/services/anuncio/ano/2022/numero/1342/pdf?id=800393).
Inspeccionar el funcionamiento de las explotaciones existentes, el cumplimiento de la
normativa y en especial su impacto en cuanto a contaminación de aguas, suelos y aire,
imponiendo medidas correctoras.
3. HACER CUMPLIR TODA LA NORMATIVA VIGENTE EN
MATERIA DE ABONADO Y FERTILIZANTES
Reducir los aportes de nitratos y fosfatos por unidad de cultivo, en toda la superficie
agraria existente, según el Real Decreto 47/2022, de 18 de enero, sobre protección de las
aguas contra la contaminación difusa producida por los nitratos procedentes de fuentes
agrarias (Real Decreto 47/2022, anexo 3. en el que se autoriza un máximo de 170 kg de
nitrógeno al año por hectárea, y que dicho máximo se aplique a cualquier aporte de nitrógeno
independientemente del tipo de fertilizante).
Igualmente se debe garantizar el cumplimiento del resto de normativas vigentes en este
ámbito, incluyendo la Ley 3/2020, de 27 de julio, de recuperación y protección del Mar Menor
(https://www.boe.es/eli/es-mc/l/2020/07/27/3), y las normativas sectoriales existentes en
materia agraria y de instalaciones ganaderas.
4. REDUCIR LA CONTAMINACIÓN POR METALES PESADOS EN LA SIERRA MINERA Y SU ZONA DE INFLUENCIA
Poner en marcha con urgencia el Plan de recuperación ambiental de suelos afectados
por la minería. PRASAM 2018-2028, para ejecutar las actuaciones necesarias en las
estructuras e instalaciones de origen minero, en los suelos contaminados (especialmente en
torno a los núcleos de población, por sus efectos sobre la salud pública), y en las ramblas
que vierten los arrastres con metales pesados al Mar Menor.
5. RENATURALIZAR LA CUENCA VERTIENTE
Llevar a cabo acciones de renaturalización en toda la cuenca del Mar Menor, mediante
setos verdes y superficies revegetadas, en aplicación de la Ley 3/2020, de 27 de julio, de
recuperación y protección del Mar Menor, que permitan reducir la exportación de nutrientes
hacia la laguna, así como reducir las escorrentías y arrastres de sedimentos.
Igualmente realizar acciones de recuperación de la vegetación natural a lo largo de los
cauces de ramblas, ramblizos y resto del sistema de drenaje natural, así como llevar a
cabo proyectos de restauración en terrenos degradados.
6. DESNITRIFICAR TIERRA Y AGUA
Retirando superficie de regadío en la banda perimetral de la laguna, recuperando en la
misma, superficies de humedal natural que contribuyan a retener nutrientes aportados
por las aguas superficiales y subterráneas (nitrógeno, fósforo), así como retener escorrentías
y sedimentos. La recuperación de superficies perdidas de humedal natural es crucial para
retener los nutrientes arrastrados por las avenidas, procedentes del lavado de la cuenca en episodios de lluvias intensas, mecanismo que constituye una de las principales vías de
entrada de nutrientes en la laguna del Mar Menor.
En paralelo, se debe utilizar biorreactores a escala de parcela/explotación, a cargo de las
propias empresas agrarias, para tratar los flujos con nutrientes agrarios, en aplicación del
principio de corresponsabilidad ambiental.
7. MORATORIA URBANÍSTICA
Mantener, de forma indefinida, la moratoria urbanística alrededor de la laguna.
Para reducir la presión futura, y preservar el suelo que actualmente está calificado como
urbanizable, pero aún no ha sido urbanizado, es clave revisar e identificar aquellas zonas
que puedan ser legalmente recalificadas como Suelo No Urbanizable. Empezando por
aquellas cuya recalificación se pudiera realizar sin necesidad de indemnización, y por
aquellas cuyos valores naturales y/o paisajísticos justifiquen asumir el coste de
indemnización derivado de designarlas como suelo No Urbanizable Protegido.
8. CONTROLAR EL CUMPLIMIENTO DE LA LEGISLACIÓN
APLICABLE A LA RECUPERACIÓN DEL MAR MENOR
Cumplir y hacer cumplir toda la normativa de ámbito regional, nacional y europea que
afecte al Mar Menor, así como todas las figuras de protección (RAMSAR 1994 –APF 1995 –LIC 2000 – ZEPA 2001 y ZEPIM 2001). Y especialmente la Ley 3/2020, de 27 de julio, de recuperación y protección del Mar Menor, y la Ley 19/2022, de 30 de septiembre, para el reconocimiento de personalidad jurídica a la laguna del Mar Menor y su cuenca
(https://www.boe.es/eli/es/l/2022/09/30/19), así como a la reglamentación que la desarrolle.
Dotar al Cuerpo de Inspectores de los recursos humanos, económicos y técnicos,
necesarios para inspeccionar un mayor porcentaje de explotaciones agrícolas y ganaderas,
y poder detectar y denunciar cualquier irregularidad, y todas y cada una de las prácticas que
excedan los aportes de nutrientes que marca la ley.
9. SEGUIMIENTO y CONTROL
Llevar a cabo un plan de seguimiento exhaustivo, con los recursos humanos, económicos
y técnicos necesarios, de la evolución y recuperación ecológica de la estructura y
funcionamiento del ecosistema del Mar Menor, con especial atención a la recuperación
natural del fitobentos, las comunidades filtradoras y los sedimentos.
El refuerzo del conocimiento contando con herramientas de modelización integral del
conjunto del socio-ecosistema, y el seguimiento detallado de la evolución lagunar, permitirán
determinar el coste-beneficio de cada posible medida de intervención, con el fin de
aplicar las más eficaces, así como evaluar los resultados obtenidos con cada medida
aplicada.
10. COORDINACIÓN INSTITUCIONAL y GOBERNANZA
Crear una Comisión Interadministrativa e Intrainstitucional en la que estén representados los tres niveles de la administración -estatal, regional y autonómico-, así como todas las áreas competentes para la recuperación del Mar Menor (medio ambiente, agricultura, ganadería, ordenación del territorio y agua), de manera que haya una coordinación permanente y transparente de la labor de gestión y control de las políticas y legislación que afectan al Mar Menor y a su cuenca.
Reconstituir el Comité de Asesoramiento Científico, cuyo reglamento y composición sea
propuesto por las universidades y centros de investigación, para que sea un órgano
realmente independiente y cuyos dictámenes sean preceptivos y vinculantes, asimilándose
a los comités que operan en otras comunidades y países europeos.
Reconstituir el Comité de Participación Pública, revisando su reglamento y composición,
para que sea un órgano realmente transparente, participativo y plural, sin
sobrerrepresentación de ningún sector.
Organizaciones que firman el “Decálogo por el Mar Menor”:
• Alianza Mar Menor (AMARME)
• Colectivo Banderas Negras
• Ecologistas en Acción de la Región Murciana
• El Mar Menor de los niños
• Federación de Asociaciones de Vecinos del Campo de Cartagena y Comarca
(FAVCAC)
• Greenpeace
• Plataforma Ciudadana Pacto por el Mar Menor
• SEO BirdLife
• YayoFlautas – Murcia
Marzo. 2023